Vigencia: el CAUCA V y el RECAUCA V rigen desde el 29 de abril de 2027. Hasta entonces rige el CAUCA/RECAUCA actual, con la franquicia del viajero vigente hoy.
El 29 de octubre de 2026, en Managua, el COMIECO aprobó el CAUCA V y el RECAUCA V. El cambio más consultado: la franquicia del viajero sube de US$500 a US$2,000 para bienes no comerciales. Aquí le resumimos qué cambia, qué no, y qué rige mientras tanto. Si tiene un caso concreto, pregúntele a ADU.
Tres casos que no debe confundir
- Equipaje del viajero: franquicia de US$2,000 desde el 29-abr-2027 (hoy rige la actual), una vez cada 6 meses y máximo 2 al año.
- Pequeños envíos familiares sin carácter comercial: régimen distinto, con sus propias reglas.
- Compras en línea y courier: no tienen la franquicia del viajero; pagan según las reglas de courier del país.
Preguntas frecuentes
¿Qué son el CAUCA V y el RECAUCA V?
Son la nueva versión del Código Aduanero Uniforme Centroamericano y de su Reglamento. El Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) los aprobó el 29 de octubre de 2026 en Managua.
¿Desde cuándo rigen?
Entran en vigor el 29 de abril de 2027. Hasta esa fecha siguen vigentes el CAUCA y el RECAUCA actuales, con la franquicia del viajero vigente hoy (típicamente US$500 en Centroamérica; confírmela con la aduana de su país).
¿Cuánto será la franquicia del viajero?
Desde el 29 de abril de 2027, la franquicia para bienes no comerciales que trae una persona que viaja sube de US$500 a US$2,000. Se puede usar una vez cada 6 meses, con un máximo de 2 veces al año.
¿La franquicia de US$2,000 aplica a compras en línea o courier?
No. No aplica a compras en línea ni a envíos por courier, que siguen sus propias reglas. Tampoco debe confundirse con los pequeños envíos familiares sin carácter comercial, que son otro régimen.
¿Se sigue llenando la Declaración Jurada Regional del Viajero?
Con el CAUCA V se elimina, salvo que el viajero traiga US$10,000 o más, armas o animales.
¿Qué más moderniza el CAUCA V?
Incorpora la declaración anticipada, pagos y documentos electrónicos, el Operador Económico Autorizado (OEA), reglas para el comercio electrónico y el aforo virtual con apoyo de inteligencia artificial.
Fuentes
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Orientación informativa basada en lo anunciado al aprobarse el CAUCA V y RECAUCA V. Vigencia: 29 de abril de 2027; hasta entonces rige el CAUCA/RECAUCA actual. Confirme su caso con la aduana de su país o con AL Services Logistics (WhatsApp +505 7886 2922, [email protected]).
Oficina: Chinandega, Nicaragua